VIOLENCIA BASADA EN GÉNERO, DESIGUALDADES Y ABUSO DE PODER
Se entiende por violencia de género cualquier acto violento o agresión, que se busque dañar a una persona por su género. La violencia de género nace de normas perjudiciales, abuso de poder y desigualdades de género. Esta constituye una grave violación a los derechos humanos; al mismo tiempo, se trata de un problema de salud y protección que pone en riesgo la vida.
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer como cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como en el privado. Dicha convención agrega además que se entenderá que la violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica:
a) Que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual;
b) Que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y
c) Que sea perpetrada o tolerada por el Estado, dondequiera que ocurra.
A partir de esta definición, se tiende a identificar violencia contra la mujer con violencia de género, cuando en realidad no son sinónimos y más bien la violencia contra la mujer está incluida en la violencia de género, que además incluye, entre otros, a la violencia por prejuicio.
Los estudios de género revelan, pues, la relación desigual entre hombres y mujeres, existente y evidente en el terreno social. Dicha desigualdad es debida a una construcción social de los géneros (roles) diferenciados y valorados según el sexo de las personas, construcciones que se erigen en prescripciones sociales con las cuales se intenta regular la convivencia.
Se requiere previamente tener una comprensión clara del fenómeno de la violencia desde su manifestación más general en la sociedad, para entender cómo se inserta allí la violencia basada en género, delineando sus mecanismos y sus causas, aportando definiciones sobre conceptos clave y sentando posición respecto de cómo se está entendiendo el tema desde una perspectiva de género. Esto es , una opción política para develar la posición de desigualdad y subordinación de las mujeres en relación a los varones. pero también es una perspectiva que permite ver y denunciar los modos de construir y pensar las identidades sexuales desde una concepción de heterosexualidad normativa y obligatoria que excluye. La perspectiva de género nos lleva a reconocer que, históricamente, las mujeres han tenido oportunidades desiguales en el acceso a la educación, la justicia y la salud, y aún hoy con mejores condiciones, según la región en la que habiten, sus posibilidades de desarrollo siguen siendo desparejas e inequitativas.
La violencia de género, tiene un carácter generalizado, constante y múltiple, se presenta en distintos espacios de la vida social, por lo que requiere ser atendida desde un enfoque que permita visibilizar las múltiples conexiones entre las diferentes formas en que se presenta Asì la violencia de genero puede referirse a una amplia gama de situaciones que van desde la violencia conyugal y otras formas de violencia que se dan en la intimidad del espacio familiar, hasta llegar a la violencia homofobica y su efecto mas perverso, el crimen del odio contra personas lesbianas, gays, bisexuales, trans o de ser el caso, intersex.
La violencia de género, tiene un carácter generalizado, constante y múltiple, se presenta en distintos espacios de la vida social, por lo que requiere ser atendida desde un enfoque que permita visibilizar las múltiples conexiones entre las diferentes formas en que se presenta.
Al respecto, resulta útil tomar como referencia los
aportes teóricos de Johan Galtung sobre la violencia, que propone un modelo
triangular para ilustrar la manera en que distintos tipos de violencia se
relacionan entre sí. Galtung distingue entre la violencia directa, la violencia
estructural y la violencia cultural. Para este autor, la violencia se entiende
como: “afrentas evitables a las necesidades humanas básicas, y más globalmente
contra la vida, que rebajan el nivel real de la satisfacción de las necesidades
por debajo de lo que es potencialmente posible. Las amenazas de violencia son
también violencia” (Galtung, 2003, citado por Magallón 2005, p.4). Es posible
hacer una lectura de los planteamientos de Galtung desde el enfoque de derechos
para colocar la violencia en el lugar que le corresponde, pues producto de las
luchas de las mujeres es que se empieza a considerar a la violencia como un
problema público y se la incorpora como un asunto de derechos que entra en el
campo de exigibilidad frente al Estado, que debe brindar garantías para que se
cumplan.
En el caso de las mujeres, la violencia directa es claramente evidenciable y se ejerce contra sus derechos de sobrevivencia, de identidad, de bienestar y de libertad, a través del feminicidio, el maltrato, el desprecio, el acoso, la alienación identitaria proveniente de los modelos hegemónicos de feminidad, la ciudadanía de segunda categoría y la sistemática negación de derechos y de opciones y elecciones de vida para las mujeres (Magallón, 2005, p. 5). Del mismo autor sabemos que si bien la violencia estructural se vincula a lo económico, cuando se trata de las mujeres, expresa además el añadido que deviene de la posición subordinada que ocupan ellas en el orden social y económico, que configura situaciones de violencia específicas y diversas. En ese contexto, “las relaciones de género, social y culturalmente construidas, forman parte de este tipo de violencia estructural institucionalizada, aceptada socialmente, con efectos profundos, en muchos casos invisibles, no evidentes de manera directa, en las potencialidades y en el bienestar humano” (Ramos, 2003, p. 311)
• La feminización de la pobreza. • La división sexual del trabajo. A esto se agrega que se trata de violencias que han sido socialmente pactadas, organizadas y reguladas, lo que implica que están integradas a la institucionalidad de la sociedad (Mac Gregor, 1990), es preciso señalar además que son violencias que han recibido la herencia histórica del pasado colonial y de la desigualdad entre clases sociales y su correlato: el desprecio de los criollos de sectores altos y acomodados por las capas sociales más humildes de origen indígena o africano, herencia que también alcanza a las mujeres que provienen de esos estratos o clases y que, pese al tiempo transcurrido de vida republicana, aún se mantiene viva. Por otro lado, la violencia cultural tiene un carácter simbólico y perdura en el tiempo. De acuerdo a lo que señala Galtung, cumple la función de legitimar a las otras dos formas de violencia: la violencia directa y la violencia estructural. Aquí se encuentra lo que se ha construido respecto de la mayor cercanía de la mujer a la naturaleza debido a su papel reproductor, que la ha encasillado en el mundo familiar del cuidado, entendido en contraposición del mundo de la racionalidad, de la producción, de la creación transformadora y la cultura y lo que, por otro lado, se ha construido asociado a los varones, a quienes se reconoce capacidades para regirse en el mundo público de la ciencia, de la política y el arte, que además ostenta mayor prestigio y reconocimiento social.
La violencia de
género subsiste pese a las medidas legales, no obstante el proceso de
modernización social por el que las mujeres han sido reconocidas como sujetos
de derecho y formando parte del contrato ciudadano que las coloca como iguales
frente a los varones, por un lado, y por otro, de los avances dados en el
reconocimiento de la diversidad sexual dado que “[l]a denominación de una
persona como lesbiana, gay, trans, bisexual o intersex asegura el
reconocimiento legal de su orientación sexual, identidad de género y/o
expresión de género como elementos legalmente protegidos para la construcción
de su identidad –los cuales han estado tradicionalmente invisibilizados-;
reconoce la discriminación histórica a que han estado sometidas las personas
que se identifican de esta manera; y las dota de protección” (CIDH, 2012). Al
respecto, Segato (2003) señala que las modernizaciones abruptas o que sólo se
dan a nivel de lo material o económico, no aseguran los cambios profundos que
deben procesarse en las mentalidades de las sociedades que se mantienen atadas
a esquemas estamentales. Por ello, hace falta un conjunto de políticas y una
acción sostenida que remuevan o neutralicen aquellos factores que están a la
base de las situaciones de discriminación y violencia que persisten. “Erradicar
la violencia de género es inseparable de la reforma misma de los afectos
constitutivos de las relaciones de género tal como las conocemos y en su
aspecto percibido como “normal” (Segato, 2003, p. 133)
La violencia basada en género debe entenderse entonces como aquella violencia que refuerza e impone los postulados de este sistema de género. Como señala Scott (1996), el género se vale de diversos elementos para enraizarse en las relaciones sociales: conceptos normativos (jurídicos, científicos, religiosos, educativos), las instituciones y organizaciones sociales (familia, escuela, mercado de trabajo, entre otras), los símbolos culturales y la configuración de la identidad personal. Por ello, la violencia de género se constituye en cada uno de estos campos para impedir que el sistema de género sea desmontado. El reconocimiento de la violencia basada en género permite entonces enfrentar la violencia que está a la base de las relaciones de poder históricamente desiguales entre varones y mujeres, así como de quienes cuestionan el sistema de género, en donde las mujeres llevan la peor parte y abre posibilidades para una intervención que busque cambiar radicalmente esta situación, lo cual implica actuar tanto con las víctimas como con los perpetradores. Esta denominación permite además incluir aquella violencia que se dirige a quienes no acatan el imperativo sociocultural del sistema binario de género y la práctica sexual de la heterosexualidad (la violencia por prejuicio).
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